@BarbaraCabrera
“Quienes son capaces de renunciar a la libertad esencial a cambio de una pequeña seguridad transitoria, no son merecedores ni de la libertad ni de la seguridad”
Benjamin Franklin
Ley de Seguridad Nacional (LSN), tema de actualidad que merece ser analizado con detenimiento por sus implicaciones. Los sentires que se han vertido sobre ésta son diversos; lo cierto es que para poder esgrimir una opinión, es importante poseer información para emitir nuestro propio juicio; por esta razón, la presente Columna Nornilandia la dedicaré a dar unas pinceladas a éstos menesteres.
Comenzaré por decir que este ordenamiento surge a la vida jurídica nacional después de pasar por el proceso legislativo ordinario, el 31 de enero de 2005 fecha de su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF) entrando en vigor al día siguiente. El Presidente de la República en aquellos tiempos era Vicente Fox Quesada. Destaco que posee una sola reforma divulgada en el DOF el 26 de diciembre del mismo año en que fue expedida.
Varios de ustedes se preguntarán ¿y para qué sirve esta Ley?, para ello les diré que tiene por objeto “establecer las bases de integración y acción coordinada de las instituciones y autoridades encargadas de preservar la Seguridad Nacional, en sus respectivos ámbitos de competencia; así como, la forma y los términos en que las autoridades de las entidades federativas y los municipios colaborarán con la Federación en dicha tarea; regular los instrumentos legítimos para fortalecer los controles aplicables a la materia”
Esto parecería explicar algunas dudas sobre la utilidad de este articulado; no obstante, el término de seguridad nacional lo escuchamos últimamente de manera cotidiana ¿pero qué es? ¿Para qué sirve? ¿A quién corresponde preservarla?
La seguridad nacional puede definirse como la capacidad del Estado para defenderse y lograr evitar exponer a cualquier peligro o daño alguno de los elementos esenciales del Estado, como son: pueblo, territorio, poder político, soberanía y gobierno.
Ahora bien, debido a que cada país vive situaciones diversas, es conveniente plantear las siguientes interrogantes para situar de manera acertada las posibles amenazas a la seguridad nacional y en base a ello llevar a cabo las acciones necesarias para preservarla y éstas son: ¿la seguridad de quién, de la colectividad, regional, estatal, de todo el territorio? ¿Qué sector está amenazado: el económico, social, militar, político, cultural, ecológico? ¿A través de qué y por cuáles medios se va a valer para lograr esa seguridad? ¿Cuánto y quién conllevará el costo de tomar los pasos necesarios para enfrentar las amenazas identificadas?
En esta tesitura actualmente, “corresponde al Titular del Ejecutivo Federal la determinación de la política en la materia y dictar los lineamientos que permitan articular las acciones de las dependencias que integran el Consejo de Seguridad Nacional”
Situados en lo representa la LSN, veamos ¿Qué sucede actualmente con dicha Ley? el 23 de abril de 2009, Felipe de Jesús Calderón Hinojosa, presentó iniciativa para modificar su articulado, documento recibido en la Cámara de Senadores el cual fue dictaminado y turnado a la colegisladora, es decir a la Cámara de Diputados donde ha resurgido la disputa, en virtud de las modificaciones propuestas a dicho ordenamiento; para ello los puntos medulares y álgidos, que están en la palestra pública son:
• Permitiría al Presidente de la República la posibilidad de declarar por su cuenta, sin intervención del Congreso, estados de excepción en prácticamente cualquier región del país.
• Otorga a las fuerzas armadas facultades de investigación, atribuciones para retener a presuntos delincuentes detenidos, realizar cateos sin orden judicial y lanzarse contra movimientos sociales.
Han pasado dos años desde la presentación de la polémica iniciativa. La sociedad cambia. Las necesidades se modifican. Las exigencias son diversas y los legisladores los que tienen la facultad de expedir las normas jurídicas acordes a la problemática actual. En este sentido es trascendente recordarles que son nuestros representantes y deben atender y escuchar para legislar en consecuencia; lo que no quiere decir que tengan que doblegarse a caprichos. No importa si reciben besos ¿verdad Javier Sicilia?, halagos, mentadas, hostigamientos, condicionamientos o lo que fuere.
Estamos atentos señores legisladores, tenemos una opinión bien definida y un clamor al unísono: ¡no estamos dispuestos a pedir las garantías constitucionales que han sido conquistadas a través del tiempo. Necesitamos de ustedes como nuestros mandatarios para rescatar esta Nación.
¿Será que al momento de dictaminar –previo análisis– las reformas a la Ley multicitada en la Cámara de Diputados se han contestado estas y otras cuestiones? El anhelo es, que por el bien de la población estas reformas fueran verdaderamente las soluciones a la problemática enfrentada en México lindo y herido.
¡Es todo por hoy!
¡Nos leemos la próxima Nornilandia!