15 ago 2010

DIVULGACIÓN SOBRE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES Parte V: “Algunas características de la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Posesión de los Particulares (LFPDPP)”


@BarbaraCabrera


¿Cuáles son las características principales de la LFPDPP?

Esta Ley regula la forma y condiciones en que deben utilizarse los datos personales por parte de personas físicas o morales en el ámbito privado.

Tiene por objeto garantizar la protección de la información personal, así como el ejercicio del derecho a decidir, de manera libre e informada, sobre el uso que los entes privados darán a los datos. A esto se le conoce como "autodeterminación informativa".

¿Cuál es la sanción a que se hacen acreedores las empresas que no cumplan la Ley?

El Instituto, en su carácter de autoridad garante, tiene la facultad de imponer sanciones a aquellas empresas que incumplan alguna disposición de la Ley.

A continuación se mencionan algunas de las posibles sanciones:

I. Apercibimiento.

II. Multa de 100 a 160,000 días de salario mínimo vigente en el Distrito Federal, cuando la empresa actúe con negligencia o dolo con respecto a la información personal, no observe los principios de protección de datos establecidos en la Ley u omita datos en el Aviso de Privacidad.

III. Multa de 200 a 320,000 días de salario mínimo general vigente en el Distrito Federal, cuando incumpla con su deber de confidencialidad en el tratamiento de los datos, cambie la finalidad del tratamiento de los mismo sin darte aviso, transfiriera tu datos a terceros sin el consentimiento del titular, obstruya los actos de verificación del Instituto o realice un uso ilegítimo de los datos.

IV. En caso de que persistan las infracciones de manera reiterada, el Instituto podrá imponer una multa adicional que irá de 100 a 320,000 días de salario mínimo vigente en el Distrito Federal.

Tratándose de infracciones cometidas en el tratamiento de datos sensibles, los montos de las sanciones podrán incrementarse hasta por dos veces.